La propiedad es sagrada

El artículo 18 de la Constitución Española dice que “el domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito”.

El artículo 33 “reconoce el derecho a la propiedad privada”.

El artículo 47 señala que “todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación”.

Lo que en la teoría constituye una parte importante dentro del conjunto de normas básicas referidas a los derechos y obligaciones de los españoles, queda en papel mojado cuando la realidad cotidiana vulnera sistemáticamente esos derechos.

Asistimos, casi diariamente, a okupaciones de viviendas, que por mucho que se repitan, no dejan de sorprender e indignar a la mayor parte de la sociedad española.

No sorprende a la totalidad de ciudadanos de este país, porque, no sólo entre nosotros, sino lo que es mucho más grave, entre algunos dirigentes políticos, estos hechos encuentran una inusitada justificación y un apoyo que contradice la legalidad.

Es un hecho constatado que los poderes públicos han venido demostrando a lo largo de los años su manifiesta incapacidad para hacer realidad lo que con tanta grandilocuencia proclama el artículo 47 de nuestra norma fundamental y no hayan facilitado una vivienda pública a quienes por los más diversos motivos no han tenido la posibilidad de adquirirla o a quienes la hayan perdido por la crisis, el paro o su mala cabeza.

Resulta muy difícil de entender que esa incapacidad oficial tenga como consecuencia que sean los ciudadanos los que involuntariamente se vean forzados a dar solución al problema con sus propiedades.

Si no es admisible desde ningún punto de vista la okupación de una propiedad privada, tal y como establece el artículo 33, resulta clamorosamente inadmisible que la ausencia puntual de los propietarios haga posible la “apropiación indebida” por parte de extraños de una vivienda, sea el domicilio habitual de una familia o su segunda residencia, su casa de campo o su lugar de esparcimientos varios.

Clama al cielo que la alcaldesa de una de las ciudades más importantes del país, no sólo “vea bien” que semejante práctica sea algo habitual e inevitable, sino que muy recientemente haya avisado al propietario de una vivienda ocupada que podría ser sancionado si no lleva a cabo las reformas necesarias para que sus “no deseados inquilinos” gocen de las básicas condiciones de salubridad e higiene en su propiedad.

Su actitud “permisiva” ante el asunto ha hecho que especialmente en su ciudad, el problema se haya incrementado en un porcentaje preocupante y que haya generado en otros lugares de España un efecto de cierta complacencia o “simpatía”.

Es una auténtica vergüenza que cualquier extraño pueda hacerse “dueño” de tu propiedad con premeditación y alevosía, aprovechando un descuido o un viaje, una hospitalización o una simple salida para dar un paseo, ir al supermercado o la farmacia y que el legítimo propietario no pueda recuperarla de igual forma en el instante mismo en que regresa.

Inaudito que una vez ocupada la vivienda el propietario al que el citado artículo 33 de la Constitución Española dice proteger, ni siquiera pueda ordenar el corte de los suministros, ya que eso podría acarrearle incluso responsabilidades por hacerla “no habitable”, cuando ya en la práctica se ha convertido en el “domicilio inviolable” de sus okupas.

Que el proceso legal de recuperación sea una larga e incierta aventura judicial ha provocado ya la aparición de empresas especializadas en la restitución de propiedades a sus legítimos dueños mediante una  “amistosa persuasión económica”.

Corresponde a los legisladores hacer los cambios necesarios para que cualquier vivienda vuelva a ser lo que siempre debería haber sido, sencillamente lo que dice nuestra Constitución y que en el supuesto de producirse la okupación, la recuperación pueda ser inmediata.

Que nadie tenga la menor duda de que la propiedad privada, hoy por hoy, en España, es sagrada.