Grupo de moteros en ruta

Cambios en la  equipación de los motoristas  a partir del 1 de octubre

 Redaccion CN / Motorcard

La nueva normativa de la DGT establece nuevas obligaciones para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores, con especial atención a la protección y la seguridad en carretera. Las empresas especializadas en equipamiento para motoristas, analizan las principales novedades de la nueva normativa y cómo afectarán a la equipación. Es importante tener en cuenta que el incumplimiento de estas nuevas obligaciones se considera una infracción grave y puede conllevar multas de hasta 200 euros

 Los motoristas tendrán que adaptar parte de su equipamiento a partir del próximo 1 de octubre de 2026, fecha en la que entrará en vigor la nueva normativa de la Dirección General de Tráfico (DGT). El cambio supone una modificación importante en el día a día de los usuarios de moto y llega en un momento en el que el equipamiento de protección tiene cada vez más peso dentro de las estrategias de seguridad vial.

Los especialistas en esta materia  explican cuáles son las principales novedades y cómo deberán adaptar los usuarios su equipación        

Guantes obligatorios fuera de ciudad

A partir de octubre, conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores deberán llevar guantes de protección cuando circulen por vías interurbanas. La medida busca reforzar la protección de las manos, una de las partes del cuerpo que queda más expuesta en una caída. Además de proteger frente a la abrasión, los guantes específicos para moto incorporan protecciones y materiales diseñados para reducir el impacto.

El calzado cerrado será obligatorio también en ciudad

Otra de las novedades que más afectará a los desplazamientos habituales será la obligación de utilizar calzado cerrado que cubra todo el pie en cualquier tipo de vía, también dentro de ciudad.

La nueva norma establece así un mínimo de protección para los pies, ya que  no todo el calzado cerrado ofrece el mismo nivel de protección. Las botas y zapatillas diseñadas específicamente para moto incorporan refuerzos y protecciones pensados para zonas como el talón, el tobillo o los dedos, además de materiales más resistentes frente a la abrasión.

El chaleco reflectante: ¿cuándo habrá que utilizarlo?

El chaleco reflectante de alta visibilidad también será obligatorio a partir del 1 de octubre. En el caso de los motoristas particulares, las motocicletas deberán llevarlo como parte de su equipamiento obligatorio y deberá utilizarse cuando el conductor tenga que abandonar la motocicleta y ocupar la calzada o el arcén de una vía interurbana, por ejemplo, en caso de avería o accidente.

La normativa establece una exigencia específica para los riders y conductores profesionales: quienes desarrollen su actividad circulando en motocicleta, ciclomotor, bicicleta, ciclo o vehículo de movilidad personal deberán llevar y utilizar el chaleco reflectante, independientemente de si circulan por vías urbanas o interurbanas.

Airbag, chaqueta o pantalón: ¿también serán obligatorios?

La nueva normativa ha puesto el foco sobre el equipamiento de protección, pero no todos los elementos que forman parte de la equipación habitual de un motorista pasan a ser obligatorios. El airbag, la chaqueta de moto, el pantalón técnico o las botas específicas no serán obligatorios con carácter general, esto no significa que su uso no sea recomendable. Al contrario, los técnicos señalan que estos elementos pueden marcar una diferencia importante en caso de caída, especialmente cuando cuentan con protecciones y materiales específicos para absorber impactos y reducir la abrasión.

Con la entrada en vigor de la nueva normativa, los motoristas deberán prestar especial atención a estos cambios y asegurarse de que su equipamiento cumple con las nuevas exigencias. Más allá de las obligaciones establecidas por la DGT, la elección de una equipación adecuada continúa siendo una de las principales herramientas de prevención y protección sobre dos ruedas.