El Ayuntamiento de Boadilla del Monte aprueba ayudas por nacimiento y manutención para menores de 3 años

El Ayuntamiento de Boadilla del Monte ha aprobado la convocatoria de Ayudas por Nacimiento y Manutención para menores de 3 años para el periodo subvencionable 2019. 

Puesto que el periodo subvencionable es el año 2019, se podrán solicitar ayudas por los niños nacidos o adoptados entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2019. 

En el caso de las ayudas por manutención  se conceden para los niños nacidos o adoptados en los años  2016, 2017, 2018 y/o 2019 (siempre hasta el límite de 3 años, salvo en adopciones que se tendrá en cuenta la fecha de resolución de la misma).  

Requisitos necesarios:

a) Ser española o extranjero con residencia legal en España. Los extranjeros residentes en Boadilla del Monte podrán beneficiarse de esta prestación siempre que cumplan las condiciones de la Ley Orgánica 4/2000, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España, y los requisitos establecidos en la presente norma.  

b) Ser propietario o inquilino de una vivienda en Boadilla del Monte o familiar en primer grado de aquel que lo sea; en este último caso será necesario, además, acreditar fehacientemente la convivencia con el mismo, así como que no ser titular de vivienda alguna en todo el territorio español, mediante el informe del registro de la propiedad.

c)  Estar empadronados y residir todos los miembros de unidad familiar en Boadilla del Monte, antes del 1 de enero del 2018.

d) Todos los miembros de la unidad familiar deberán estar al corriente de pago en los tributos y restantes ingresos de derecho público municipales. La fecha de referencia para la comprobación del extremo a que se refiere este apartado es el último día del plazo para la presentación de las solicitudes. 

 Solicitud de las Ayudas:

Desde el 23 de abril (día siguiente de la publicación del anuncio en el BOCM), hasta 15 días hábiles después de que termine el Estado de Alarma y/o sus prórrogas.

En el caso de haber sido SOLICITANTE Y BENEFICIARIO de la Ayuda en la convocatoria anterior, en el primer día en que se pueda presentar la solicitud recibirá un correo electrónico y un sms con los datos validados en el año anterior para que, si no ha habido modificaciones en la situación familiar pueda confirmar los datos y dejar realizada la solicitud.

En el caso de disponer de certificado electrónico o pin24horas, firmará la solicitud electrónicamente. En el caso de no disponer de medios electrónicos de firma podrá dejar realizada una presentación preliminar de la solicitud  nueva o de la validación de los datos del año anterior, que una vez terminado el estado de alarma tendrá que venir a firmar los mismos mediante cita previa a las oficinas del registro general del ayuntamiento.

La presentación presencial en el Registro del Ayuntamiento se realizará, en su caso, con CITA PREVIA. El procedimiento de solicitud de cita previa se activará en la página web del ayuntamiento y mediante atención telefónica una vez que se conozca la fecha de fin del estado de alarma. 

Presentaciones TELEMATICAS: Modalidad preferente y podrá dar prioridad a la hora del pago.  

 Formularios de solicitud:

Vía telemática: A través de la Sede Electrónica de la página web del Ayuntamiento, en posesión del certificado digital correspondiente y/o PIN 24 HORAS, que también podrá obtener a través de www.ayuntamientoboadilladelmonte.org

Vía Presencial: Se podrá descargar modelo de la solicitud en  www.ayuntamientoboadilladelmonte.org. O recoger físicamente en la Sede Administrativa del Ayuntamiento sita en C/ Juan Carlos I, 42. 

  Documentacion necesaria:

  1. Si es la primera vez que solicita la ayuda o el año anterior hubiera sido denegada o desestimada, toda la documentación.

2. Si el año pasado fue solicitante y beneficiario, presentará  solicitud y Autorización de Cesión de Datos (o la solicitud firmada por ambos progenitores), si no se hubiera producido cambio alguno. Y en caso de haber modificación de vivienda o composición familiar, la documentación relativa a ésta. El solicitante de la convocatoria 2019 y 2020 deberá ser el mismo, es decir la persona que aparece en primer lugar en la solicitud y firma.

En todos casos se deberá presentar solicitud oficial a tal efecto con la firma de ambos progenitores o el documento de autorización de cesión de datos. 

 Mas información en : www.ayuntamientoboadilladelmonte.org